Nombre de categoría > En Uso Parte 2 2020
Elegibilidad_Residencial_Niveles de ocupación_BUSO V6 RES
Referencia:

Aclaraciones sobre los niveles de ocupación aplicables a BUSO V6 RESIDENCIAL.

 

El criterio de elegibilidad 2 para edificios residenciales establece:

 

2) Los edificios deben estar estabilizados y haber mantenido un nivel mínimo de ocupación:
    a) Los edificios estabilizados son aquellos que tienen al menos 5 años de antigüedad o que han alcanzado una tasa de ocupación del 92%.
    Y
    b) El edificio debe tener una ocupación media de al menos el 80% durante el año anterior a la evaluación de inicio. Este umbral debe cumplirse para el año en el que se suministran los datos de consumo
    Y
   c) El edificio debe estar destinado a ser la residencia principal de los ocupantes.

 


Edificio estabilizado

El requerimiento del 92% de ocupación puede alcanzarse en cualquier fase de la vida del edificio.

 


Requerimientos generales de ocupación

A diferencia de los activos comerciales, los requerimientos de ocupación se aplican tanto a las evaluaciones de la Parte 1 como a las de la Parte 2, y todos los edificios residenciales deben de tener un año de antigüedad antes de la evaluación.

Se trata de una decisión política para garantizar que:

  • Existe una clara separación entre los edificios residenciales de nueva construcción y los ya existentes. Se trata de evitar posibles confusiones a los futuros compradores o inquilinos de viviendas.
  • Existe coherencia y comparabilidad entre los edificios residenciales al garantizar un nivel de ocupación coherente.